Suscríbete a nuestro feed de noticias

Actualidad Gestha

19-12-2022

Hacienda avisa de los gastos que pueden deducirse los autónomos en el IVA de 2023

Hacienda permite que los autónomos se deduzcan estos gastos en 2023

El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda avisa de las deducciones que los autónomos pueden aplicar en sus declaraciones trimestrales del IVA.

 Actualizado a: 19/12/2022 17:32 CET

Los trabajadores autónomos ven cómo el cuarto trimestre del año está a punto de concluir, lo que significa que deben prepararse para presentar la última declaración del IVA. Con la llegada del nuevo año, el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Geshta) quiere avisar de qué gastos son deducibles y cuáles no en el IVA trimestral en 2023.

Los trabajadores por cuenta propia tienen el mes de enero para rendir cuentas con la Agencia Tributaria. Hasta el 30 de enero (no el 31) tienen la posibilidad de presentar el modelo 303 de todas las facturas que emitieron entre octubre y diciembre de 2022. Puede decirse que son los encargados de recoger el IVA y entregárselo al Fisco.

“Siempre existe debate sobre los espacios sin definir dentro de la Ley del IVA que pueden llegar a confundir a los autónomos respecto a qué pueden deducirse o no al confeccionar el modelo 303”, explica el secretario general del sindicato, José María Mollinedo.

Ante cualquier duda, el artículo 95 de dicha normativa legal las recoge en “limitaciones del derecho a deducir”, aplicables tanto a los autónomos como a los empresarios. Antes de entrar en detalle, cabe recordar que serán “todos los gastos sujetos a este impuesto y que estén relacionados con la actividad.” Aunque Mollinedo hace hincapié en que esas deducciones indeterminadas han de ser miradas con mil ojos.

Todos los gastos deducibles por los autónomos en el IVA de 2023

Desde el sindicato Gestha explican que “no existe ningún gasto que sea universal y deducible para todos los autónomos. Todo depende de la actividad donde desarrollen su labor profesional”. No será lo mismo lo que pueda deducirse un carnicero que un abogado. Estos son gastos que pueden deducirse en 2023:

Consumos de explotación

Corresponden con aquellos gastos generados por la compra de material necesarios para el trabajo del día a día. Generalmente, suponen un importe más elevado en las deducciones de la mayoría de los autónomos, aunque no es fácil especificar qué sí y qué no es deducible. Todo depende del tipo de negocio.

Los inspectores de Hacienda advierten que el autónomo debe diferenciar entre un gasto imprescindible para realizar la actividad de un gasto efecto de esa actividad, porque no todos pueden demostrarse al 100%. Por ejemplo, la gasolina en caso de no ser un transportista o un vestido para acudir a un evento empresarial.

Bienes de inversión

Estos son muy fáciles de deducir y dependen de la actividad y del perfil del negocio. Corresponden con la maquinaria para desarrollar la actividad. Pero, ¡cuidado! Si la persona se compra un ordenador de última generación para efectuar una actividad, por ejemplo, como peluquero, puede ser difícilmente deducible al tener un coste tan elevado para una actividad más sencilla. No es un programador informático que sea su herramienta diaria de trabajo.

Servicios de profesionales independientes que se necesiten

Otro gasto que no da problemas para la deducción son los de gestora o asesoría. Es algo común y recomendable que el trabajador por cuenta propia se apoye en un profesional externo, como un asesor o un gestor, para estar al corriente en materia de contabilidad. Es fácilmente justificable porque está directamente relacionado con la actividad que desempeña el trabajador.

Alquiler del local

Los alquileres de los locales comerciales, despachos y oficinas y el alquiler de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica, en el caso de que el trabajador por cuenta propia desarrolle su actividad desde casa.

En primer lugar, el arrendamiento de un local de negocios es una operación sujeta al IVA por lo que genera siempre derecho a la deducción si en ella se desarrolla la actividad del autónomo. Solo podrán deducirse este gasto los autónomos que tengan el documento acreditativo (la factura original expedida por el arrendador).

Una situación distinta es si el autónomo trabaja en su propio domicilio porque el gasto es más difícil de deducir. Hay que cumplir con algunos requisitos:

  • La vivienda ha de estar afecta a la actividad. Es necesario que la afección de la vivienda y el porcentaje en que lo está se comuniquen a Hacienda mediante el modelo 036 y 037. La Agencia Tributaria suele admitir que la deducción sea de un máximo del 30% de la superficie utilizada para la actividad.
  • El casero debe emitir al autónomo la factura correspondiente, incluyendo el IVA y retención del IRPF, cuestión que no siempre se hace.
  • Incluir la factura en la contabilidad.

Gastos de manutención

Con la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, desde 2018 los trabajadores por cuenta propia pueden desgravarse esos gastos, eso sí, siempre y cuando se haga fuera de casa, se paguen con tarjeta y se guarde el ticket-factura.

Específicamente, la normativa indica que pueden deducirse hasta 26,67 euros diarios en gastos de comida en el territorio nacional y de 48,08 euros en caso de producirse en el extranjero.

Gastos de representación como comidas con clientes

Este gasto no podía deducirse hasta que en 2021 el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia y se posicionó en contra del criterio de Hacienda que, por regla general, rechaza cualquier deducción que no esté relacionada con el negocio y exige una estricta justificación del gasto.

De esta forma, los autónomos ya tienen derecho a deducirse los gastos derivados de comidas, cenas o regalos a clientes o proveedores sin necesidad de que esa acción de atención tenga que derivar en un ingreso para el negocio justificado. 

Asistencia a ferias o eventos relacionados con tu actividad

Aunque es una de las deducciones más desconocidas, no trae problemas con el Fisco. Eso sí, esos eventos deben estar directamente relacionados con el sector. Las entradas a ferias, congresos y demás eventos pueden incluirse como gasto justificado y, por tanto, desgravar el IVA o declararlo como gasto, si tenemos ticket.

Inscripción a revistas profesionales

Al igual que ocurre con los anteriores, la inscripción a revistas o web especializadas son deducibles. Siempre que guarden una estrecha relación con la actividad que realizada.

Formación

Aunque desde el 1 de enero los autónomos pueden acceder a formación pública gratuita, todavía falta por articular. Hasta el momento que se ponga en marcha, la asistencia a cursos privados que formen al emprendedor o autónomo en su sector es deducible.

Compra de un dominio web

En el mismo sentido que la compra de un ordenador, hacerse con un dominio para la web del negocio es perfectamente deducible. De hecho, es fácil de justificar. Si la plataforma está en marcha y el contenido es relativo al negocio o sector en el que desempeña el autónomo su actividad, no habrá duda posible.

También es deducible el pago de servicios profesionales o desarrolladores que pongan en marcha la web.

Publicidad y tarjetas de visita

Los costes por publicitar tu marca o la de tu negocio son deducibles. Si un autónomo invierte, por ejemplo, dinero en una campaña publicitaria en redes sociales para dar visibilidad a su negocio, puede incluir esos gastos en su autoliquidación. Lo mismo ocurre con las tarjetas de visita.

Internet y teléfono fijo

Aunque el Internet y el móvil son gastos conflictivos y siempre generan dudas de si pueden deducirse o no, hay una excepción: las líneas que estén contratadas tan solo para la oficina o local comercial.

Compra de un vehículo comercial

Los autónomos pueden llegar a deducirse hasta el 50% del IVA. La Agencia Tributaria suele presumir un 50% de afectación de forma automática en la compra del vehículo y no entra casi nunca a comprobar estos gastos. Siempre que sea un gasto con factura y dentro de la lógica. 

Diferente son los gastos derivados del vehículo, como la gasolina o las revisiones. Lo cierto es que son pocos los que pueden ser deducidos con riesgo cero.

https://www.noticiastrabajo.es/autonomos/hacienda-avisa-gastos-deducirse-autonomos-iva-2023/

<< volver a Actualidad Gestha
Galería de vídeos Gestha
Descarga nuestros Últimos documentos
28-06-2024INSTRUCCIONES INCREMENTO RETRIBUTIVO 2% JUNIO 2024Descargar archivo Información, Comunicados: INSTRUCCIONES INCREMENTO RETRIBUTIVO 2% JUNIO 2024
26-06-2024INCREMENTO RETRIBUTIVO DEL 2 POR CIENTODescargar archivo Información, Comunicados: INCREMENTO RETRIBUTIVO DEL 2 POR CIENTO
26-06-2024CSIHE-OEP 2023 FECHA PRIMER EXAMEN- RELACIÓN ADMITIDOS Y EXCLUIDOSDescargar archivo Información, Concursos/Oposiciones: CSIHE-OEP 2023 FECHA PRIMER EXAMEN- RELACIÓN ADMITIDOS Y EXCLUIDOS
26-06-2024LOS SINDICATOS SIGUEN BOICOTEANDO LA NEGOCIACIÓNDescargar archivo Información, Mesas negociadoras: LOS SINDICATOS SIGUEN BOICOTEANDO LA NEGOCIACIÓN
26-06-2024LOS SINDICATOS SIGUEN BOICOTEANDO LA NEGOCIACIÓNDescargar archivo Información, Mesas negociadoras: LOS SINDICATOS SIGUEN BOICOTEANDO LA NEGOCIACIÓN
25-06-2024LOS SINDICATOS TORPEDEAN EL PROTOCOLO FRENTE AL ACOSODescargar archivo Información, Comunicados: LOS SINDICATOS TORPEDEAN EL PROTOCOLO FRENTE AL ACOSO
25-06-2024NOSTALGIA DE LOS BUENOS TIEMPOSDescargar archivo Información, Comunicados: NOSTALGIA DE LOS BUENOS TIEMPOS
24-06-2024CTH OEP 21-22 -Aprobados PROCESO SELECTIVO TL Y PIDescargar archivo Información, Concursos/Oposiciones: CTH OEP 21-22 -Aprobados PROCESO SELECTIVO TL Y PI
23-06-2024BOE semana del 17 al 23 de junio de 2024Descargar archivo Información, BOE: BOE semana del 17 al 23 de junio de 2024
19-06-2024FORMACIÓN: PRUEBA EXTERNA INGLES EC166-2024Descargar archivo Información, Mesas negociadoras: FORMACIÓN: PRUEBA EXTERNA INGLES EC166-2024
17-06-2024BOE semana del 10 al 16 de junio de 2024Descargar archivo Información, BOE: BOE semana del 10 al 16 de junio de 2024
14-06-2024LOS SINDICATOS LLEVAN MÁS DE UN AÑO OCULTANDO LA NUEVA SITUACIÓN DE LA RESERVA DE PROVINCIADescargar archivo Información, Comunicados: LOS SINDICATOS LLEVAN MÁS DE UN AÑO OCULTANDO LA NUEVA SITUACIÓN DE LA RESERVA DE PROVINCIA
13-06-2024PANEL CTH 2024P03-MOVILIDAD EFECTIVADescargar archivo Información, Concursos/Oposiciones: PANEL CTH 2024P03-MOVILIDAD EFECTIVA
12-06-2024LOS DEMÁS SINDICATOS ABANDONAN A LOS TRABAJADORESDescargar archivo Información, Comunicados: LOS DEMÁS SINDICATOS ABANDONAN A LOS TRABAJADORES
10-06-2024"ENCERRADOS" POR SUS PRIVILEGIOSDescargar archivo Información, Comunicados:
10-06-2024BOE semana del 3 al 9 de junio de 2024Descargar archivo Información, BOE: BOE semana del 3 al 9 de junio de 2024
05-06-2024PANEL CTH 2024P03- LISTADOS ADJUDICACIONESDescargar archivo Información, Concursos/Oposiciones: PANEL CTH 2024P03- LISTADOS ADJUDICACIONES
04-06-2024OFERTA PLAZAS LD AEAT 1-6-24Descargar archivo Información, Concursos/Oposiciones: OFERTA PLAZAS LD AEAT 1-6-24
03-06-2024JORNADA VERANO 2024 AEATDescargar archivo Información, Comunicados: JORNADA VERANO 2024 AEAT
03-06-2024BOE del 27 de mayo al 2 de junio de 2024Descargar archivo Información, BOE: BOE del 27 de mayo al 2 de junio de 2024
ION Comunicación
APARICIO & ASOCIADOS - ABOGADOS JLN.es Autoedición
GESTHA SINDICATO DE TÉCNICOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA
Sede Central: C/ LERIDA, 32-34 | 28071 - MADRID | CONTACTO 91 583 79 68 | Fax: 91 583 13 81 | gestha@gestha.es
Política de Privacidad - Aviso Legal - Política de cookies