Hacienda permite que los autónomos se deduzcan estos gastos en 2023
Actualizado a: 19/12/2022 17:32 CET
Los trabajadores autónomos ven cómo el cuarto trimestre del año está a punto de concluir, lo que significa que deben prepararse para presentar la última declaración del IVA. Con la llegada del nuevo año, el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Geshta) quiere avisar de qué gastos son deducibles y cuáles no en el IVA trimestral en 2023.
Los trabajadores por cuenta propia tienen el mes de enero para rendir cuentas con la Agencia Tributaria. Hasta el 30 de enero (no el 31) tienen la posibilidad de presentar el modelo 303 de todas las facturas que emitieron entre octubre y diciembre de 2022. Puede decirse que son los encargados de recoger el IVA y entregárselo al Fisco.
“Siempre existe debate sobre los espacios sin definir dentro de la Ley del IVA que pueden llegar a confundir a los autónomos respecto a qué pueden deducirse o no al confeccionar el modelo 303”, explica el secretario general del sindicato, José María Mollinedo.
Ante cualquier duda, el artículo 95 de dicha normativa legal las recoge en “limitaciones del derecho a deducir”, aplicables tanto a los autónomos como a los empresarios. Antes de entrar en detalle, cabe recordar que serán “todos los gastos sujetos a este impuesto y que estén relacionados con la actividad.” Aunque Mollinedo hace hincapié en que esas deducciones indeterminadas han de ser miradas con mil ojos.
Desde el sindicato Gestha explican que “no existe ningún gasto que sea universal y deducible para todos los autónomos. Todo depende de la actividad donde desarrollen su labor profesional”. No será lo mismo lo que pueda deducirse un carnicero que un abogado. Estos son gastos que pueden deducirse en 2023:
Corresponden con aquellos gastos generados por la compra de material necesarios para el trabajo del día a día. Generalmente, suponen un importe más elevado en las deducciones de la mayoría de los autónomos, aunque no es fácil especificar qué sí y qué no es deducible. Todo depende del tipo de negocio.
Los inspectores de Hacienda advierten que el autónomo debe diferenciar entre un gasto imprescindible para realizar la actividad de un gasto efecto de esa actividad, porque no todos pueden demostrarse al 100%. Por ejemplo, la gasolina en caso de no ser un transportista o un vestido para acudir a un evento empresarial.
Estos son muy fáciles de deducir y dependen de la actividad y del perfil del negocio. Corresponden con la maquinaria para desarrollar la actividad. Pero, ¡cuidado! Si la persona se compra un ordenador de última generación para efectuar una actividad, por ejemplo, como peluquero, puede ser difícilmente deducible al tener un coste tan elevado para una actividad más sencilla. No es un programador informático que sea su herramienta diaria de trabajo.
Otro gasto que no da problemas para la deducción son los de gestora o asesoría. Es algo común y recomendable que el trabajador por cuenta propia se apoye en un profesional externo, como un asesor o un gestor, para estar al corriente en materia de contabilidad. Es fácilmente justificable porque está directamente relacionado con la actividad que desempeña el trabajador.
Los alquileres de los locales comerciales, despachos y oficinas y el alquiler de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica, en el caso de que el trabajador por cuenta propia desarrolle su actividad desde casa.
En primer lugar, el arrendamiento de un local de negocios es una operación sujeta al IVA por lo que genera siempre derecho a la deducción si en ella se desarrolla la actividad del autónomo. Solo podrán deducirse este gasto los autónomos que tengan el documento acreditativo (la factura original expedida por el arrendador).
Una situación distinta es si el autónomo trabaja en su propio domicilio porque el gasto es más difícil de deducir. Hay que cumplir con algunos requisitos:
Con la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, desde 2018 los trabajadores por cuenta propia pueden desgravarse esos gastos, eso sí, siempre y cuando se haga fuera de casa, se paguen con tarjeta y se guarde el ticket-factura.
Específicamente, la normativa indica que pueden deducirse hasta 26,67 euros diarios en gastos de comida en el territorio nacional y de 48,08 euros en caso de producirse en el extranjero.
Este gasto no podía deducirse hasta que en 2021 el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia y se posicionó en contra del criterio de Hacienda que, por regla general, rechaza cualquier deducción que no esté relacionada con el negocio y exige una estricta justificación del gasto.
De esta forma, los autónomos ya tienen derecho a deducirse los gastos derivados de comidas, cenas o regalos a clientes o proveedores sin necesidad de que esa acción de atención tenga que derivar en un ingreso para el negocio justificado.
Aunque es una de las deducciones más desconocidas, no trae problemas con el Fisco. Eso sí, esos eventos deben estar directamente relacionados con el sector. Las entradas a ferias, congresos y demás eventos pueden incluirse como gasto justificado y, por tanto, desgravar el IVA o declararlo como gasto, si tenemos ticket.
Al igual que ocurre con los anteriores, la inscripción a revistas o web especializadas son deducibles. Siempre que guarden una estrecha relación con la actividad que realizada.
Aunque desde el 1 de enero los autónomos pueden acceder a formación pública gratuita, todavía falta por articular. Hasta el momento que se ponga en marcha, la asistencia a cursos privados que formen al emprendedor o autónomo en su sector es deducible.
En el mismo sentido que la compra de un ordenador, hacerse con un dominio para la web del negocio es perfectamente deducible. De hecho, es fácil de justificar. Si la plataforma está en marcha y el contenido es relativo al negocio o sector en el que desempeña el autónomo su actividad, no habrá duda posible.
También es deducible el pago de servicios profesionales o desarrolladores que pongan en marcha la web.
Los costes por publicitar tu marca o la de tu negocio son deducibles. Si un autónomo invierte, por ejemplo, dinero en una campaña publicitaria en redes sociales para dar visibilidad a su negocio, puede incluir esos gastos en su autoliquidación. Lo mismo ocurre con las tarjetas de visita.
Aunque el Internet y el móvil son gastos conflictivos y siempre generan dudas de si pueden deducirse o no, hay una excepción: las líneas que estén contratadas tan solo para la oficina o local comercial.
Los autónomos pueden llegar a deducirse hasta el 50% del IVA. La Agencia Tributaria suele presumir un 50% de afectación de forma automática en la compra del vehículo y no entra casi nunca a comprobar estos gastos. Siempre que sea un gasto con factura y dentro de la lógica.
Diferente son los gastos derivados del vehículo, como la gasolina o las revisiones. Lo cierto es que son pocos los que pueden ser deducidos con riesgo cero.
https://www.noticiastrabajo.es/autonomos/hacienda-avisa-gastos-deducirse-autonomos-iva-2023/