Hacienda podrá pedir todos los libros contables a los autónomos en cualquier comprobación que realice
EL PSOE Y PODEMOS QUIEREN AMPLIAR LAS FACULTADES DE LOS TÉCNICOS INSPECTORES
La Inspección de Hacienda contará probablemente con cobertura legal para poder solicitar y revisar los libros contables de los autónomos y pequeñas empresas cuando estén haciendo una comprobación limitada de algún impuesto, por ejemplo el IVA, algo que suele contar con la oposición de los asesores fiscales porque esta práctica no estaba expresamente recogida en la ley. Sólo se podían exigir estos libros en lo que se viene denominando como comprobaciones totales y que, hasta ahora, hacían los inspectores de Hacienda.
Así consta en una enmienda registrada conjuntamente por el Partido Socialista y Unidas Podemos en el proyecto de ley que reforma la directiva europea de cooperación administrativa fiscal y que avanzó Europapress. Ambos partidos quieren aprovechar esta normativa para dar cobertura legal a los técnicos de Hacienda en las comprobaciones limitadas, que son las inspecciones más habituales que realizan los funcionarios de la Agencia Tributaria y que afectan principalmente a autónomos y pequeñas empresas.
En la operativa diaria de la inspección puede haber comprobaciones limitadas y totales. Las más habituales son las primeras, que suelen revisar uno o varios periodos de un impuesto, como puede ser el IVA. Por ejemplo, los técnicos solicitan al autónomo o su asesor información sobre la declaración del tercer trimestre de IVA del año anterior para saber si las deducciones están bien practicadas o si se han declarado todos los ingresos.
Para este tipo de actuaciones, que son la mayoría que hace la inspección, "es fundamental la contabilidad de la empresa, porque es su diario, donde aparecen todas sus operativas y donde se pueden detectar decenas de irregularidades distintas a lo que se estaba comprobando. Hasta la fecha, los técnicos ya solicitábamos los libros y la mayoría de asesores no oponen resistencia porque el hecho de entorpecer la comprobación puede hacer que la inspección vaya a más. Sin embargo, lo cierto es que la ley no recogía la posibilidad de solicitar estos libros expresamente y se podían oponer legalmente a ello", explicó José María Mollinedo, secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda, Gestha.
Ahora, y de salir adelante el proyecto de ley con la ayuda de la mayoría del PSOE y Podemos, los técnicos ya tendrán el amparo legal para solicitar y acceder a los libros contables del negocio en cualquier tipo de actuación, incluidas las más concretas y selectivas, que son las comprobaciones limitadas de algún tributo o periodo concreto. Según detalla el texto, "en el procedimiento de comprobación limitada, a los efectos de mejorar la efectividad del mismo, se reconoce la facultad de la Administración tributaria de comprobar la contabilidad mercantil, a los solos efectos de constatar la coincidencia entre lo que figure en la misma y la información que obre en poder de la Administración”.
Las comprobaciones limitadas son el día a día de los técnicos de Hacienda y en ellas se puede revisar cualquier tributo en cualquier periodo de los últimos cuatro años. Sin embargo, no es raro "que una revisión parcial acabe en una inspección mucho más profunda del negocio porque se detecten irregularidades mayores de las que se estaban buscando en un principio. Para esto ayudan los libros contables, porque ahí se pueden detectar decenas de cuestiones",
La contabilidad de la empresa puede dar mucha más información a los técnicos. "Sólo con ver los libros, un técnico puede detectar muchas otras cuestiones que nada tienen que ver con el tributo que se investigaba en un primer momento. Por ejemplo, puede haber proveedores sospechosos de emitir facturas falseadas, pagos en metálico por encima de los 1.000 euros, cifras redondas que son sospechas de esconder alguna cuestión, cuentas de caja negativas, anticipos de clientes que no se han compensado con las ventas, y muchos otros detalles que pueden ser síntoma de un fraude mayor", dijo Mollinedo.
Cuando se detectan, muchas veces gracias a los libros contables, este tipo de discrepancias o indicios, es cuando el negocio puede entrar en el plan de comprobación y pasar a estar dentro de una inspección más en profundidad.
El programa de investigación marca la mayor parte del día a día de los inspectores de Hacienda. En el plan de selección de los técnicos entran algunos de los negocios que presentan discrepancias entre lo que se declara y lo que el Fisco conoce por sus bases de datos. "Cuando nosotros incluimos en este plan a un contribuyente es porque tiene una discrepancia importante", aseguró en anteriores declaraciones a este diario el secretario general de Gestha, José María Mollinedo.
Cuantas más discrepancias tiene un contribuyente, "más posibilidades tendrá de ser llamado. Es así de sencillo. Mucho más teniendo en cuenta el escaso número de efectivos que hay y el tiempo de trabajo que recae sobre cada uno. No es posible investigar a todos, pero sí se puede hacer una labor de concienciación y centrarse en las discrepancias más abultadas", añadió el secretario general de Gestha.
Esas discrepancia pueden ser muy variadas: "personas que presentan bajas rentas o bajos beneficio y que, sin embargo, tienen desde vehículos de gama alta hasta embarcaciones recreativas o incluso son titulares de una tarjeta visa oro. Ese tipo de cuestiones, que son signos externos, ya nos determinan y levantan las sospechas", explicó José María Mollinedo.
Aunque la Agencia Tributaria se reserva buena parte de las informaciones que les permiten centrar los esfuerzos en uno u otro contribuyente, a continuación se reúnen algunas prácticas que pueden levantar sospechas y dar lugar a una comprobación:
Uno de los motivos más frecuentes por los que un inspector de Hacienda se acercará a un negocio es una devolución del IVA excesiva. Es decir, si la declaración del IVA (el modelo 303) sale a devolver con una cuantía sospechosamente generosa será uno de los motivos claros por los que el Fisco se interesará por las cuentas del autónomo.
Descuadres entre modelos trimestrales y modelos anuales
Es imprescindible que encajen las declaraciones trimestrales de IVA o IRPF (modelos 303, 130…) con los modelos anuales (modelo 390,190…), ya que estos últimos informan sobre toda la actividad anual del negocio. Por lo que lo natural sería que ambas declaraciones cuadren.
Hacienda, por supuesto, también vigila a los beneficiarios de subvenciones públicas, si se han declarado correctamente en el apartado que les corresponde, según su naturaleza. Esto podría ser especialmente relevante tras un año y medio de crisis, ya que miles de autónomos han recibido prestaciones y subvenciones que, en la mayoría de los casos, no están exentas de tributar.
La Agencia Tributaria dispone de alertas para los contribuyentes que presentaron su declaración durante unos años y dejan de hacerlo. Hacienda estará detrás del autónomo para averiguar el motivo. Hay que tener en cuenta que el Fisco conoce los datos de cualquier negocio y, por ende, podría pedir explicaciones si no ve motivos para dejar de declarar.
Con cualquier profesional, saltan las alarmas desde el momento en que no se registra casi ningún movimiento en la cuenta y ningún tipo de consumo diario. Si un autónomo de cualquier oficio cobra en B habitualmente, lo normal es que no saque dinero de su cuenta, porque con lo que ingresa en efectivo y no declara puede vivir y consumir tranquilamente. "Cuando nos damos cuenta que el profesional no ha hecho ningún reintegro para el consumo diario, nos saltan rápido las alarmas porque lo que está claro es que nadie vive del aire", aseguran desde Gestha