elEconomista.es Madrid 7:00 - 30/06/2023
Todas las actividades económicas que no le constan a la autoridad fiscal, y que por tanto no las registra la Agencia Tributaria, se engloban bajo el término de "economía sumergida". Debido a ello, el dinero que mueve no computa en el Producto Interior Bruto (PIB). Además, Hacienda la considera una actividad desleal, pues dentro de la misma se encuentran muchos casos de evasión fiscal.
Sin embargo, la economía sumergida seduce a empleados y empresarios por igual. Los primeros pueden llevar a cabo varias actividades profesionales a la vez, o cobrar el subsidio por desempleo mientras ingresan dinero 'en negro'; los segundos no pagan impuestos y obtienen una rentabilidad mayor en sus negocios.
Pero existen otros muchos factores que animan a algunos ciudadanos a sumarse a la economía sumergida. Destacan la percepción de que sufren una elevada presión fiscal, o las elevadas tasas de desempleo en España.
¿Cuál es su impacto en España?
La Fundación Cajas de Ahorro (FUNCAS) indica que la economía sumergida suponía del 12,5% del PIB español entre 1980 y 1985, cifra que aumentaba hasta el 23,7% en 2011. Y una estimación de Hacienda indicaba que reducir la economía sumergida en un 10% habría equivalido a añadir a las arcas públicas 28.000 millones de euros anuales adicionales. Más recientemente, el Fondo Monetario Internacional (FMI) indicaba recientemente que representa cerca del 20% del PIB. La media en la Unión Europea es de un 13%.
Además, quienes más se centraron en investigar este tema fueron organismos económicos, grupos de técnicos de Hacienda y centros de estudios. Por su parte, el Instituto de Estudios Económicos (IEE) se fijaba en las distintas Comunidades Autónomas, encontrando grandes disparidades: el 30% del PIB extremeño, o el 16% en la Comunidad de Madrid.
El dinero guardado en casa
Hacienda asegura que sospechará de ciudadanos que decidan guardar dinero en efectivo en sus casas, cuando cumplan ciertos requisitos. El primero es que se utilicen billetes de 500, que ya no se emiten por su vinculación con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Así, quien use este papel moneda llamará automáticamente la atención de este ministerio.
Otro comprende aquellas retiradas de dinero del banco por importes que superen los 3.000 euros. Aunque realmente no hay una cifra a partir de la cual se deba declarar una actividad a Hacienda, la Ley General Tributaria muestra que las entidades están obligadas a informar a Hacienda de movimientos 'sospechosos' de dinero. Por tanto, la misma puede puede pedir explicaciones al titular de la cuenta o al mismo banco, sobre el origen o el destino del dinero.
La Agencia Tributaria tiene su propia regulación para las personas que siguen pagando con dinero en efectivo. Si un ciudadano lleva al menos 10.000 euros o equivalente en divisa extranjera, y si sale de España, este estará obligado a declarar la cantidad a Hacienda. Y si no sale del país, el dinero permitido justificar es de hasta 100.000 euros o equivalente. En estos casos de 10.000 y 100.000 euros en efectivo, es necesario rellenar un formulario modelo S1.
El caso de los trabajadores autónomos
La principal vía de ingresos para trabajadores autónomos suele ser precisamente el dinero en metálico. Esta tendencia es aun mayor con los negocios de pequeño tamaño, y en aquellos empleos donde se suela pagar personalmente y de manera inmediata, por ejemplo en el domicilio de alguien que pide un producto.
El Plan Anual de Control Tributario registra para cada tipo de autónomo un grado de supervisión. La Agencia Tributaria, por su parte, lo considera "un sector o modelo de negocio con elevado riesgo de existencia de economía sumergida".
Desde Autónomos y Emprendedores se indica que son concretamente hostelería, restauración, comercio, construcción, inmobiliarias, los negocios en el sector de las reformas y los empleados en recogida de frutas, todas las industrias con un grado de supervisión elevado por parte de Hacienda.
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