10/08/2023 a las 09:19h.
Bizum es una de las aplicaciones más útiles a la hora de realizar pagos entre particulares, aunque ahora ya se ha extendido a comercios que aceptan este método para facilitar la comodidad del cliente.
La app supera los 24 millones de usuario y los 2.023.000.000 millones de operaciones desde que se creó en el año 2016, como señala la propia plataforma.
Estos mismos datos reflejan que 48.600 establecimientos de comercio electrónico la utilizan. Además, del total de operaciones satisfechas 105.854 millones se han empleado en pagos de cenas, regalos y similares. Más de 2.000 millones se han utilizado para compras.
Sin embargo, el uso de Bizum también planea algunas normas y limitaciones que se deben cumplir si los usuarios no se quieren exponer a una multa.
Los límites por operación plantea un mínimo de 0,5 euros y un máximo de 1.000 euros. El número de bizums es ilimitado, pero al día solo puedes enviar o recibir un máximo de 2.000 euros. Este límite asciende a los 5.000 euros al mes. Se trata de unas cifras que se establecen por cuestiones de seguridad. Cabe tener en cuenta que estos los máximos permitidos por la propia plataforma, pero los bancos también pueden establecer sus propios límites por los mismos motivos.
Desde la propia plataforma indican que, si se utiliza Bizum como persona jurídica como forma de pago con los clientes, se debe declarar a Hacienda su el umbral de operaciones supera los 10.000 euros al mes. En este caso, la multa de Hacienda puede ir desde los 600 euros hasta el doble del dinero enviado.
Los particulares deben también declarar a Hacienda en caso de que las transferencias por Bizum les aporten algún beneficio profesional o constituyan un incremento de patrimonio.
José María Mollinedo, secretario general de los Técnicos de Hacienda (Gestha), explicó a ABC con motivo del inicio de la campaña de la declaración de la Renta, que «si se superan los 1.000 euros sí hay que declararlo» ya que «si es una compraventa ya determina la obligación de declarar por los ingresos ordinarios de esa persona según lo que dice la ley de renta».
Es decir, siempre hay que declarar si la operación económica determina una ganancia o una pérdida patrimonial. También hay que distinguir si la operación está sujeta al impuesto de la renta o del IVA (como un garaje). En el caso de las operaciones entre amigos como cenas o los gastos de un viaje no hay que declararlos.
https://www.abc.es/economia/puede-pasar-envias-dinero-cuenta-bizum-cuidado-20230810211932-nt.html