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Actualidad Gestha

20-02-2024

Hacienda limita las devoluciones por los cambios en el Impuesto de Sociedades de Montoro

  • Busca frenar el 'golpe' por el fallo del TC que puede alcanzar los 30.000 millones
  • Los expertos señalan que las compensaciones serán mayores que las de la 'plusvalía'

Eva Díaz

Madrid 6:00 - 20/02/2024

La Agencia Tributaria busca limitar por la vía judicial las devoluciones millonarias que tendrá que realizar a las grandes compañías y que podría alcanzar hasta los 30.000 millones de euros, después de que el Tribunal Constitucional (TC) tumbara por inconstitucional el pasado 18 de enero el Real Decreto-ley de 2016 impulsado por el exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, para incrementar la recaudación a través del Impuesto de Sociedades.

Los servicios jurídicos de la Agencia Tributaria señalan en una nota remitida a los inspectores de Hacienda que los tribunales de justicia no tienen que entrar a valorar la inconstitucionalidad de los cambios en Sociedades que hizo Montoro en la resolución de un recurso contencioso-administrativo si la compañía no alegó dicha posible inconstitucionalidad. Hacienda, pretende así parar por la vía judicial parte del millonario desembolso que tendrá que realizar a las grandes empresas tras el fallo del TC. "La Agencia Tributaria no puede enseñar o dar lecciones a los tribunales de cómo tiene que aplicar la sentencia del Constitucional. Los tribunales tienen la capacidad de revisar todo el derecho, no solo lo que están revisando. Si se encuentran con un caso que es contrario a lo que dice el Constitucional, también están obligados a pronunciarse al respecto aunque la Agencia Tributaria diga lo contrario", explica Daniel Gómez-Olmedo, miembro del consejo asesor institucional de AEDAF.

Sin embargo, a pesar de que Hacienda inste a los tribunales a no resolver en su contra cuestiones en las que la compañía no haya alegado la inconstitucional de los preceptos de Sociedades anulados por al Corte de Garantías, a la par ordena a los inspectores que si tienen abierta o abren en el futuro una inspección deben aplicar la sentencia del Constitucional.

Cabe recordar que el TC tumbó los límites que impuso Montoro a las empresas a la hora de contabilizar el deterioro de sus participaciones, en la deducción de las bases imponibles negativas y de los gastos financieros por la adquisición de participaciones, al considerar que estos cambios al tributo debieron hacerse a través de una ley y no mediante la figura del Real Decreto-ley.

Sin embargo, a pesar de que Hacienda ya conocía en 2018 que varias empresas había recurrido esta normativa por considerarla inconstitucional, ni el Gobierno de Mariano Rajoy ni después el de Pedro Sánchez presentaron un Proyecto de ley para sacar adelante los cambios y evitar el golpe a las arcas públicas que va a suponer el fallo de enero.

Baile de cifras

La cifra de lo que le va a costar la Agencia Tributaria la sentencia en contra de la Corte de Garantías varía en función de los expertos. De un lado, Hacienda apuntó en sus informes de recaudación de 2016 y 2017 que el Real Decreto-ley supuso unos ingresos extra de 1.000 millones y 1.300 millones cada año. Bajo esta variable, si la Administración tuviera que devolver todo lo recaudado de más por esta norma en los últimos ocho años, oscilaría en los 8.000 y los 10.400 millones, más los intereses de demora.

Otras fuentes apuntan a que la cifra potencial puede alcanzar los 30.000 millones (unos 2.500 millones al año por limitar la deducción de las bases imposibles negativas y las deducciones por doble imposición y otros 1.200 millones por obligar a contabilizar el deterioro de los activos intangible), a lo que habría que sumar los intereses de demora. No obstante, estas cifras serían la devolución potencial total, puesto que es difícil estimar la real ya que el Constitucional limitó las devoluciones solo a aquellas empresas que hubieran impugnado la liquidación y antes del fallo del 18 de enero no hubiera resolución firme o que la hubieran recurrido ante los tribunales y no tuvieran sentencia firme.

El economista e inspector de Hacienda, Francisco de la Torre, advierte que la limitación de la Corte de Garantías sobre los efectos de su sentencia afectará menos que la que puso cuando declaró inconstitucional el impuesto de la plusvalía municipal porque en este caso, el tipo de contribuyente, que son las grandes empresas, están mejor asesorados, y en la mayoría de los casos habrán impugnado.

Por su parte, el secretario general de los técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo, considera que las devoluciones que tendrá que afrontar la Agencia Tributaria serán mucho menores y dependerá de cada empresa. Como ejemplo, señala que si un grupo no pudo compensarse el primer año que entró en vigor la norma 100 millones de euros de bases negativas podrá reclamárselos ahora a Hacienda junto con los intereses de demora, pero si en los ejercicios siguientes se dedujo parcialmente esas bases negativas, después tendrá que hacer una rectificación por cada año y pagar a Hacienda lo que se compensó junto con los intereses de demora.

Asimismo, advierte que las empresas deben valorar si rectifican las liquidaciones no prescritas. "Si interrumpen la prescripción con una rectificación, la de 2019 que hubiera prescrito en 2024, va a prescribir en 2028. La compañía debe valorar si tienen algún riesgo fiscal por el que le interese la prescripción o no", explica.

 

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