Así lo ha reflejado el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) que respalda esta iniciativa de la Agencia Tributaria que permitirá a todos los receptores reducir sus pagos a Hacienda.
Si, tras la aplicación de estas reducciones, la cuota tributaria es inferior a las cantidades que ingresó en cada una de las declaraciones presentadas o a las retenciones que no se han devuelto, el pensionista recibirá una cuota a devolver en su declaración.
Por comunidades autónomas, Cataluña lidera la lista en número de pensionistas que podrán utilizar este recurso con 960.000, un 19,95% del total. En el lado contario de la tabla se encuentra Navarra, con tan sólo 1.000 beneficiarios un 0,02% del total.
Esta medida afectará a quienes, desde 2019 hasta 2023, percibieron pensiones de jubilación de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina, pensiones complementarias a las pensiones de la Seguridad Social o Clases pasivas y los complementos a su pensión principal que perciben algunos funcionarios pagados por fondos especiales de entidades públicas.
No podrán beneficiarse de ella los que reciban aportaciones de mutualidades laborales de autónomos que ya fueron deducibles en su momento, los funcionarios públicos si sólo han estado incluidos durante toda su vida laboral en el régimen de Clases Pasivas, las pensiones de viudedad y las pensiones no contributivas.
Los herederos de aquellos mutualistas fallecidos entre 2019 y 2023 podrán pedir también esta reducción mediante la presentación del formulario H100 (solicitud de pagos de devolución a herederos).
Para rellenar el formulario, los receptores deberán aportar su nombre, NIF y cuenta bancaria para poder enviarlos a través del DNI electrónico, Cl@ve o Referencia.