Los jubilados mutualistas son las personas, ahora ya jubiladas, que han aportado dinero a las diferentes mutuas laborales. Una práctica muy habitual en España dada la idiosincrasia de nuestro sistema laboral y de nuestro sistema de pensiones.
Ahora, los jubilados mutualistas pueden solicitar las devoluciones del IRPF no prescritas. Ya pueden conseguir su devolución de Hacienda. La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2023 finalizó el pasado 1 de julio.
Aún están a tiempo. Tal y como informan desde Hacienda, Los pensionistas de mutualidades que aún no hayan reclamado la devolución del IRPF en la declaración de la Renta presentada en este 2024, aún pueden realizar la solicitud de las diferentes formas.
Según el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), existen 4,8 millones de contribuyentes que todavía pueden beneficiarse de las sentencias del Tribunal Supremo y reducir los rendimientos del trabajo por la parte de sus pensiones de jubilación o invalidez, por las aportaciones.
Pero no todos los mutualistas pueden reclamarlo, solo pueden los afectados por cotizar en las mutualidades antiguas durante el periodo comprendido entre 1967 y 1978. Hay diferentes formas de solicitarlo. La vía telemática es la más sencilla de llevar a cabo.
Para poder reclamar las mensualidades que se les deben, los pensionistas y mutualistas deben acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Una vez dentro de su portal web, solo tienen que pulsar en el enlace habilitado para comenzar con el proceso. Así accederán directamente a la pestaña de 'presentación del formulario'.
Formulario de mutualistas / Agencia Tributaria
Ahí podrán gestionar el trámite que necesitan para encontrar el formulario con el que poder conseguir la devolución de las mutualidades procedentes de Hacienda. Sin embargo, debemos identificarnos para poder llevar a cabo cualquier trámite. Para ello, hay abiertas tres vías: la cl@ve móvil, el DNI o el número de referencia.
Una vez completemos este paso, solo tenemos que seguir las instrucciones que la propia plataforma genera para llevar a cabo nuestro cometido. No es necesario aportar ningún tipo de documentación, aunque sí se nos requerirán ciertos datos. No obstante, la Seguridad Social cruza los datos que tiene guardados en su base con la Agencia Tributaria para agilizar lo máximo posible estas gestiones.
La Agencia Tributaria deberá realizar la devolución del dinero en un plazo menor a seis meses después del final de la campaña de la renta, el 31 de diciembre. Cada día de retraso incurrirá en una penalización diaria para Hacienda, que se aplicará a la cantidad final.