La Agencia Tributaria frenará las devoluciones de IRPF pendientes de realizar a los pensionistas que aportaron en su día a antiguas mutualidades laborales para reordenar todos estos procedimientos a partir del 1 de enero de 2025. Es decir, el fisco dejará sin efecto todas las reclamaciones hechas a través del formulario electrónico que habilitó en marzo en su web y que aún no se hayan resuelto.
El PSOE ha añadido esta enmienda al Proyecto de Ley que crea el impuesto mínimo del 15% a las grandes empresas para congelar todas las solicitudes aún no pagadas por Hacienda y ordenarlas conforme a los dos procedimientos de devolución que marca la Ley General Tributaria. La norma está pendiente de aprobación por las Cortes.
El secretario general de los técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo, explica que esta norma ordena las devoluciones de la Agencia Tributaria conforme a dos procedimientos: uno es el de devolución de ingresos si se está presentando la declaración de la Renta en plazo o no se presentó en su día y ahora se presenta, y el otro es el de rectificación de la autoliquidación si ya se presentó en su día, pero ahora, como es el caso de los mutualistas, se sabe que el fisco le debe devolver parte del IRPF pagado.
"Con esto se busca poner un poco de orden en las solicitudes. Muchos pensionistas apoderaron a sus hijos o nietos para que presentaran las solicitudes de devolución online en su nombre, pero como estos no son expertos fiscales han podido confundir los procedimientos, lo que está provocando mucho papeleo y tiempo de explicación a los contribuyentes", señala Mollinedo.
A partir del 1 de enero de 2025, la Agencia Tributaria va a cerrar todas estas solicitudes aún no devueltas e instará a estos apoderados a reclamarlas de nuevo, pero pidiéndoles autorización para clasificarlas en el procedimiento correcto.
La Agencia va a ver qué procedimiento es el procedente, si el de la petición de devolución de ingresos o el de la rectificación de la autoliquidación, y va a pedir a la persona apoderada que autorice si está conforme con el procedimiento en el que se haya clasificado su caso.
El secretario de los técnicos de Hacienda indica que la enmienda deja claro que este nuevo procedimiento no va a afectar a los plazos de prescripción. "No se cancela la prescripción, podrán reclamar los años no prescritos y hacerlo bien en base al procedimiento adecuado", señala. No obstante, matiza que la Agencia Tributaria ya ha devuelto mucho dinero a los antiguos mutualistas y las solicitudes que queden sin resolver serán una minoría.
Concretamente, Hacienda ya ha devuelto 1.247 millones de euros a los pensionistas que aportaron a antiguas mutualidades hasta cierre de septiembre de este año, según recoge el Informe de recaudación tributaria de la Agencia de dicho mes.
La Administración estima que el coste global de estas devoluciones, alentadas por varias sentencias del Tribunal Supremo desde febrero de 2023, será para este año de 1.700 millones de euros, por lo que aún que darían en el aire 450 millones de euros pendientes de devolver.
Cabe recordar que el Supremo estableció que los pensionistas que hicieron aportaciones a las mutualidades entre 1967 y 1978 deben minorar en el IRPF el 25% de la parte de su pensión que corresponda a estas contribuciones. Otro fallo más reciente del pasado abril determinó que la parte de la pensión correspondiente a aportaciones anteriores a 1967 no tributa y, por tanto, la Administración deberá devolver el 100% del IRPF correspondiente a este porcentaje.
Los técnicos de Hacienda prevén que pueden pedir la devolución 4,8 millones de pensionistas afectados o sus herederos.