A partir del 1 de enero de 2025, la Agencia Tributaria detendrá las devoluciones de IRPF a los jubilados que realizaron aportaciones a antiguas mutualidades laborales, reordenando todos los procedimientos pendientes. Esta medida se implementará tras la inclusión de una enmienda del PSOE en el Proyecto de Ley que establece un impuesto mínimo del 15% para las grandes empresas, que aún está a la espera de aprobación por las Cortes.
La decisión implica que todas las reclamaciones presentadas a través del nuevo formulario electrónico habilitado en marzo y que no hayan sido resueltas hasta la fecha quedarán sin efecto. José María Mollinedo, secretario general de los técnicos de Hacienda (Gestha), ha explicado que la nueva norma clasifica las devoluciones en dos procedimientos distintos: uno para la devolución de ingresos si se presenta la declaración de la renta dentro del plazo, y otro para la rectificación de autoliquidaciones previamente presentadas.
Esta medida busca simplificar el proceso para los pensionistas, muchos de los cuales han delegado en familiares la gestión de sus solicitudes. Sin embargo, la falta de experiencia fiscal de estos apoderados ha generado confusiones, incrementando el volumen de papeleo y las consultas a la Agencia. Por lo tanto, a partir del nuevo año, la Agencia instará a estos apoderados a volver a presentar sus reclamaciones, esta vez solicitando autorización para clasificar correctamente sus casos.
Es importante destacar que la enmienda asegura que esta reordenación no afectará los plazos de prescripción de las reclamaciones, permitiendo a los pensionistas reclamar los años no prescritos bajo el procedimiento adecuado. Hasta septiembre de este año, la Agencia Tributaria ya había devuelto 1.247 millones de euros a los jubilados que aportaron a las mutualidades, y se estima que el costo global de estas devoluciones alcanzará los 1.700 millones de euros en 2024.
El Tribunal Supremo ha jugado un papel clave en este proceso, estableciendo que los pensionistas que realizaron aportaciones entre 1967 y 1978 pueden deducir el 25% de la parte de su pensión correspondiente a dichas contribuciones en su declaración de IRPF. Además, un fallo más reciente determinó que las aportaciones anteriores a 1967 no tributan, lo que obliga a la Administración a devolver el 100% del IRPF asociado a ese porcentaje.
Con estos antecedentes, se estima que alrededor de 4,8 millones de pensionistas o sus herederos podrían verse afectados por estas reclamaciones, lo que subraya la importancia de la reordenación de los procedimientos de devolución por parte de Hacienda. A medida que se aproxima la fecha de implementación de esta medida, tanto pensionistas como sus representantes se preparan para un proceso que promete ser más claro y ordenado, aunque con la incertidumbre que conlleva el cierre de solicitudes no resueltas.