Lunes, 11 de noviembre 2024, 01:19
Desde 2013, los premios obtenidos en sorteos de Loterías y Apuestas del Estado y la ONCE están sujetos a un gravamen especial. Este impuesto, cuya normativa ha sido modificada con el paso de los años, se aplica actualmente solo a premios superiores a 40.000 euros, dejando exentos de tributo los primeros 40.000 euros. Aunque en la práctica reduce ligeramente la cuantía recibida, los afortunados aún logran obtener una suma considerable tras la deducción. Sin embargo, desde hace un tiempo, circula un supuesto 'truco' para evitar pagar este impuesto.
Tal y como advierten los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), no existe ninguna estrategia para evadir impuestos, ya que no pagarlos en estos casos sería un delito. Lo que sí existe es una alternativa legal, en la que otra entidad cubre el importe que Hacienda retiene del premio. En la Lotería de Navidad, por ejemplo, el conocido 'Gordo' distribuye cuatro millones de euros por serie, lo que se traduce en 400.000 euros por décimo. Tras aplicar el gravamen, el importe final que percibe el ganador es de 328.000 euros, una vez deducido el 20% del tramo no exento (360.000 euros). Sin embargo, mediante un seguro especializado, se puede recuperar el total del premio, permitiendo que el ganador perciba la cantidad íntegra.
Este sistema de seguros fue introducido recientemente y cubre no solo la Lotería de Navidad, sino otros sorteos populares. Empresas como Laguinda, en colaboración con Axa, ofrecen este tipo de seguros por un coste de apenas unos céntimos para sorteos como la Primitiva o el Gordo de la Primitiva. En el caso de la Lotería de Navidad, el seguro tiene un precio de 3 euros por décimo, y garantiza que el ganador reciba el importe íntegro del premio.
No obstante, los expertos de Gestha advierten sobre un aspecto importante: el reembolso del importe retenido en concepto de impuestos se considera un incremento patrimonial. Esto implica que quienes reciban este importe adicional deberán declararlo en la próxima declaración de la renta como un rendimiento sujeto a la escala general del IRPF. En otras palabras, aunque el seguro compense la retención inicial de Hacienda, la cantidad recibida por esta vía también está sujeta a su propia tributación.