La información que le envían los bancos sirve a los técnicos de Hacienda para multitud de tareas, desde destapar actividades empresariales ocultas -puesto que hay una gran cantidad de ingresos que no coinciden con las declaraciones de impuestos- hasta verificar el saldo que tienen las cuentas de las personas que deben dinero a Hacienda. El problema, según expone el propio documento sometido a consulta pública, es que estas "obligaciones se circunscriben fundamentalmente a las entidades de crédito y a las cuentas e instrumentos de pago tradicionales, por lo que no contemplan en su ámbito de aplicación a otros agentes del mercado financiero, principalmente entidades de pago y entidades de dinero electrónico".
Según expone Hacienda, su voluntad de ampliar el tipo de entidades que deben enviarle información se debe a "la incorporación al sistema financiero de nuevos servicios de pago y de nuevos agentes que, con apoyo en los sistemas digitales y tecnologías de la comunicación, ofrecen la prestación de estos nuevos servicios en el territorio nacional, incluso directamente desde el exterior, a través de portales o páginas web de Internet".
Si bien el Ministerio no deja claro a qué sistemas se refiere exactamente, sí enumera algunos ejemplos: desde medios como las tarjetas prepago, tarjetas virtuales para pagos en línea, procedimientos de pago asociados a un número de teléfono móvil o cualquier otra entidad de pago -fundamentalmente, neobancos- o dinero electrónico -por ejemplo, las plataformas de criptomonedas.
El problema, explica Hacienda, es que hay más "posibilidades de ocultación de rentas y bienes" por parte de los autónomos, empresas y demás contribuyentes a la Agencia Tributaria a través de estos servicios financieros por entidades que hasta la fecha no son presentadoras de declaraciones informativas o no están incluidas en el ámbito de los obligados.
También se deja fuera ahora mismo de esa obligación de remisión de datos de los clientes a "otras modalidades e instrumentos de pago, como son la utilización de cuentas de pago, dinero electrónico y el uso de distintos tipos de tarjetas no necesariamente vinculadas a cuentas bancarias, o procedimientos de pago asociados a un número de teléfono móvil".
Por ello, Hacienda pretende que todas estas entidades y modalidades de pago estén sujetas también a ciertas obligaciones de hacer estas declaraciones informativas y enviarles cada cierto tiempo a la Agencia Tributaria los datos de sus clientes, entre ellos autónomos.
En el texto sometido a consulta pública se enumeran ciertos cambios que pretendería hacer Hacienda en la norma para aumentar el control que tiene sobre la información y operaciones de los contribuyentes-
Ente ellas, destaca la modificación de las las obligaciones informativas relativas a cuentas y a los cobros efectuados por profesionales y empresarios mediante tarjetas o terminales de venta o mediante sistemas asociados a un número de teléfono móvil, para que los datos se suministren de forma mensual en lugar de anualmente, limitando la información a declarar a la estrictamente necesaria para solucionar los problemas antes expuestos
La gran importancia que están cobrando los "sistemas de pago y de disposición de fondos mediante todo tipo de tarjetas", como por ejemplo las tarjetas prepago o las tarjetas virtuales para pagos en línea, tampoco "puede ser ignorada en el ámbito tributario".
Por lo tanto, y dado que no son objeto de declaración en ninguno de los modelos actuales de declaraciones informativas, Hacienda también plantea introducir una nueva declaración informativa anual relativa a la titularidad y las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas, limitando la declaración a aquellas tarjetas con operativa de consumo de elevado importe, de manera que quede circunscrita a la trascendencia o riesgo fiscal.
Como ya avanzó este diario, el propio documento sometido a consulta pública plantea modificar no sólo los tipos de entidad que deberían enviar datos de las cuentas bancarias de sus clientes, entre ellos autónomos, a la Agencia Tributaria, sino también la periodicidad. Ahora mismo, los bancos deben enviar, por norma general -y salvo algunas excepciones- de manera anual una relación del estado de las cuentas de todos sus clientes.
Esta información sirve a la Agencia Tributaria para llevar a cabo decenas de actuaciones: desde destapar actividades empresariales ocultas -puesto que hay una gran cantidad de ingresos que no coinciden con las declaraciones de impuestos- hasta verificar el saldo que tienen las cuentas de las personas que deben dinero a Hacienda. Precisamente, según apuntaron fuentes de la AEAT a este diario, "aunque todavía es muy pronto para determinar a qué datos se refiere el documento, puesto que las entidades envían muchos tipos, una de las cuestiones en la que más se incide es en la gestión recaudatoria".
El documento propone literalmente aumentar la periodicidad de la información que envían los bancos sobre las cuentas de sus clientes, que ahora mismo es anual, y que se realice mensualmente. Esto, reconoce Hacienda en su propuesta, es necesario para "mejorar la investigación de flujos financieros y adoptar medidas cautelares y de embargos con mucha mayor eficacia, agilizando la gestión recaudatoria". En otras palabras, recibir mensualmente los estados de las cuentas bancarias permitiría a la Administración tener una información mucho más actualizado sobre el dinero que tiene cada autónomo, empresario o cualquier otro cliente con deudas en el banco.