29/10/2018
Los Técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha, estiman que sólo el 17,1% de las madres y padres afectados entre 2014 y 2017 por la exención del IRPF en las prestaciones por maternidad y paternidad–que el Tribunal Supremo eximió de tributación- obtendrá la devolución de las retenciones, después de que la Agencia Tributaria haya anunciado un formulario online en su página web para facilitar la solicitud de las reclamaciones, que también pueden realizarse desde todas las oficinas de Hacienda. No obstante, las Diputaciones forales de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa ya habían puesto a disposición de los contribuyentes este formulario hace unas semanas.
Sin embargo, Gestha detecta claras diferencias dependiendo del territorio de residencia, dado que los sueldos varían de forma significativa. En este sentido, las devoluciones serán mayores en aquellos lugares donde tradicionalmente se registran los salarios más elevados, y viceversa; lo que explica que mientras que en la Comunidad de Madrid el porcentaje de los beneficiarios alcanza el 27,2% de los que percibieron estas prestaciones, en Extremadura apenas sea del 7,5%. En Navarra, por el contrario, no se percibirá cantidad alguna porque desde el 1 de enero de 2013 la prestación por maternidad es una renta sujeta a IRPF y no exenta conforme a su normativa foral (ver anexo con desglose de datos provinciales).
Cuadro 1. Desglose de las devoluciones por comunidades autónomas
Importes en euros
No se consideran las escalas de gravamen autonómicas en las CCAA de régimen común cuyas variaciones suelen concentrarse en los tramos más altos.
(*) Incluye la estimación para el IRPF-2013 de Álava al poderse solicitar los ingresos indebidos de los últimos cinco años
Estimación: Técnicos del Ministerio de Hacienda, Gestha
Las prestaciones correspondientes al ejercicio 2018 se regularizarán al presentar la declaración del IRPF en la próxima campaña de renta, pudiendo deducir las retenciones que la Seguridad Social haya realizado, aunque esta prestación haya quedado exenta con posterioridad.
Bajos sueldos
Gestha explica que el motivo fundamental por el que tan pocas madres recibirán la devolución de las retenciones es el bajo sueldo que, en líneas generales, obtienen las mujeres, especialmente cuando están en edad de maternidad, pues a la brecha salarial y al techo de cristal se une la mayor ocupación de la mujer en trabajos a tiempo parcial, la menor retribución inherente a las jóvenes que aún no han atesorado una experiencia y promoción profesional así como a la drástica reducción en el cálculo de las retenciones que realizan las empresas al descontar una cuarta parte del sueldo por la baja maternal.
De hecho, el 83% de las madres trabajadoras perciben salarios inferiores a los 18.400 euros anuales. Y como las empresas calculan las retenciones sobre los ingresos que realmente prevén pagar en esos 8 meses, esa cantidad se reduce hasta los 12.300 euros, una cuantía por la que, en líneas generales, no se realizan retenciones.
De esta manera, de las 1.100.000 personas que a priori podrían beneficiarse de la exención del IRPF en las bajas por tener hijos, los técnicos advierten de que unas 900.000 no recibirán ninguna devolución; por lo que solamente menos de 200.000 madres y padres percibirán 266 millones por las retenciones efectuadas por Hacienda desde 2014, a los que se añadirán los intereses de demora correspondientes.
Un caso singular ocurre en Álava, cuya norma foral permite solicitar los ingresos indebidos desde 2013, al ser el plazo de prescripción de cinco años. Aquí, unas 460 madres en dicho año podrán percibir una devolución en conjunto de más de 650.000 euros.
La edad también influye
De forma paralela, los técnicos destacan que la devolución también tiene relación con la edad -aunque no sea una variable de su cálculo-, puesto que por norma general los sueldos más bajos se obtienen en edades más tempranas. Así, por ejemplo, sólo 380 mujeres con edades comprendidas entre los 18 y los 25 años podrán recibir la devolución. (ver anexo con desglose de datos por franjas de edad).
Un caso peculiar lo constituyen las madres empresarias o profesionales que hayan percibido esta prestación al cumplir los requisitos de cotización, un supuesto bajo el que podrán obtener la devolución de una parte de los pagos fraccionados o del ingreso de su declaración. No obstante, el número de las autónomas que obtengan una devolución será muy reducido, puesto que los rendimientos medios declarados de la actividad económica están por debajo de los 12.000 euros.
Sea como fuere, Gestha señala que a algunas madres les puede interesar solicitar la rectificación de la declaración de la Renta a pesar de que no obtengan una devolución. Sobre todo a quienes puedan ser beneficiarias de subvenciones o ayudas sociales que cualquier entidad pública o privada otorgue en función de los ingresos familiares declarados, o por otros motivos como, por ejemplo, la asignación de plazas en centros de enseñanza cuyo baremo valora los ingresos declarados.
Los técnicos alertan de que la rectificación de la declaración del IRPF conlleva la interrupción del plazo de prescripción, cuyo transcurso de cuatro años volverá a contarse desde que se acuerde la rectificación y, en su caso, se devuelvan las retenciones si corresponde.
Si no presentó declaración de IRPF en el año de la maternidad, podrá hacer los cálculos convenientes y presentar la declaración para obtener la devolución.
Según el secretario general de los Técnicos de Hacienda, José María Mollinedo, “la Agencia Tributaria debería facilitar a las madres beneficiarias de esta exención una herramienta on line sencilla e intuitiva que calcule la rectificación de la declaración, así como la devolución de las retenciones e intereses que puedan corresponder, y les permita decidir si presentan la solicitud y, en su caso, reciban las cantidades reclamadas en el plazo de 30 días que la AEAT tiene establecido como objetivo en los indicadores presupuestarios de Asistencia al contribuyente”.