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Actualidad Gestha

15-09-2019

¿Por qué subestima Bruselas el fraude del IVA en España?

CONTESTA CARLOS CRUZADO | PRESIDENTE DE GESTHA

Las estimaciones de la Comisión Europea no reflejan el verdadero nivel de fraude que existe en España respecto a este impuesto.

Carlos Cruzado     CARLOS CRUZADO NUEVATRIBUNA.ES 15/09/19

De un informe publicado recientemente por la Comisión Europea se desprende que España presentó una brecha en el IVA de 1.806 millones de euros en 2017, lo que supone un 2,4% de los 75.913 millones de recaudación teórica por ese concepto. Según ese mismo estudio, la brecha en el IVA en el conjunto de la Unión Europea alcanzó en 2017 los 137.500 millones de euros, 8.000 millones menos que un año antes. Se trataría del quinto año de tendencia a la baja, a pesar de lo cual la Comisión Europea ha señalado que la brecha "sigue siendo muy elevada" y ha vuelto a instar a acometer una reforma global de las normas de IVA comunitarias.

«El informe de la Comisión Europea no refleja el verdadero nivel de fraude que existe en España respecto a este impuesto»

En ocasiones, se confunde el informe VAT Gap en la UE con una estimación del fraude en el IVA. El VAT Gap o brecha del IVA se define como la diferencia entre la obligación tributaria total del IVA (VTTL), a veces también conocida como la responsabilidad teórica total del IVA, y la cantidad de IVA realmente recaudada.

La responsabilidad del IVA se estima a partir de los gastos finales de los hogares y de las Administraciones, el IVA no deducible del consumo intermedio de industrias exentas e IVA de sectores exentos, también las regulaciones específicas de cada país, como las exenciones para pequeñas empresas, los gastos comerciales no deducibles en alimentos, bebidas y alojamiento, o restricciones para deducir el IVA sobre los automóviles arrendados, entre otros.

Por tanto, la brecha del IVA de este Informe de la Comisión Europea se refiere a la diferencia entre los ingresos del IVA esperados y reales, y representa algo más que el fraude y la evasión, como las quiebras de empresas, las insolvencias financieras, errores de cálculo, las argucias y esquemas legales y la ineficacia de las administraciones tributarias.

Sentado lo anterior, lo cierto es que este informe no refleja el verdadero nivel de fraude que existe en España respecto a este impuesto, sino que lo subestima al situar a nuestro país como el quinto de la UE con la menor brecha en la recaudación del IVA, solo por detrás de Chipre, Luxemburgo, Suecia y Malta. Y es que el estudio se ha realizado sin llegar a dar la vuelta a todas las cartas que hay sobre la mesa.

«España presenta solo un 2,4% de brecha en el IVA frente a la brecha del 6,9% en Francia o del 9,9% en Alemania»

Para ser más concretos, para su elaboración se tienen en cuenta los datos aportados por cada país. En nuestro caso, el Ministerio de Hacienda facilita el dato del fraude descubierto en el IVA, y no del fraude estimado. Solo así se entiende que España presente solo un 2,4% de brecha en el IVA frente a la brecha del 6,9% en Francia o del 9,9% en Alemania, cuando nuestro país soporta el doble de economía sumergida, que Francia o Alemania.

Sea como fuere, lo cierto es que aunque España haya reducido el déficit recaudatorio del IVA respecto a la media europea, en 2017 aún persistía un diferencial próximo a los 4.000 millones anuales. Y ello a pesar de la recuperación del consumo y de las subidas de los tipos del IVA en 2010 y 2012, que fueron aprobadas a pesar de que son injustas porque aumentaron el esfuerzo fiscal de las familias frente a las sociedades y regresivas porque afectaron más a los ciudadanos con bajos ingresos que a quienes disponen de más recursos, puesto que mientras que los primeros dedican sus ingresos íntegramente al consumo -sujeto al IVA-, los segundos además de consumir tienen posibilidad de ahorro, sobre el que no se aplica este impuesto. Por tanto, los más perjudicados fueron los pensionistas y mileuristas.

Para luchar contra el fraude en el IVA europeo, se modificó la Directiva relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, a fin de combatir el fraude fiscal vinculado a las operaciones intracomunitarias; estableciéndose el plazo de un mes en las informaciones sobre las entregas intracomunitarias de bienes; aplicándose un mismo período imponible para el proveedor, el comprador o el destinatario de los servicios en el marco de las operaciones intracomunitarias; reduciéndose las cargas administrativas; y autorizándose a los operadores para presentar trimestralmente los estados recapitulativos en relación con las entregas intracomunitarias de bienes.

«El IVA es el segundo tributo que más aporta a las arcas del Estado, únicamente superado por el IRPF»

Mucho más decisivo contra el fraude será el aprovechamiento del Sistema de Información Inmediata del IVA (SII), donde se podrá detectar mucho rápidamente a las empresas que participen en el fraude carrusel del IVA o emitan facturas falsas.

El IVA es el segundo tributo que más aporta a las arcas del Estado, únicamente superado por el IRPF. Y podría aportar unos cuantos miles de millones de euros más, si se duplicara la plantilla de la AEAT, se aumentara la capacidad de los técnicos, se desplazara la lupa de la investigación desde los pequeños contribuyentes hacia los grandes y se extendiera el envío de cartas informativas a los autónomos que declaren básicamente las ventas con tarjeta en un porcentaje muy superior a la media del sector y territorio, con el fin de alentar que se declaren también las ventas en metálico, y así no tener que seguir centrando la comprobación sobre este colectivo y poder investigar los fraudes más sofisticados e importantes.


Carlos Cruzado | Presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)

https://www.nuevatribuna.es/articulo/actualidad/subestima-bruselas-fraude-iva-espana/20190915085545166185.html

 

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