La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Europa Press.
El Gobierno incluyó el martes finalmente un fuerte castigo a las Sociedades de Inversión de Capital Variable (Sicav) en el texto de la ley contra el fraude fiscal. El Congreso de los Diputados aprobó las enmiendas introducidas por el Grupo Socialista, que endurecen los requisitos para conformar estos vehículos de inversión con el pretexto de que son usados por los grandes patrimonios para defraudar a la Agencia Tributaria.
Con la aprobación del Congreso, el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal inicia su camino de tramitación al Senado. Entre otras muchas medidas, el texto refuerza el control sobre las sicav mediante un requisito de inversión mínima de 2.500 euros, o de 12.500 euros en el caso de una sociedad por compartimentos, para los socios que, como mínimo, tienen que ser cien.
Los socialistas esperan así acabar con los llamados mariachis, los inversores de paja que conforman la mayoría de la Sicav pero con el menor de los capitales. El Gobierno insiste en que estas herramientas son utilizadas por los grandes patrimonios, creadas con decenas de mariachis, para eludir el pago de impuestos como Patrimonio.
La ley exige un capital mínimo de 2,4 millones de euros y 100 partícipes para formar una sicav. Estas sociedades de inversión tributan por sus beneficios como cualquier empresa, aunque mantienen un tipo impositivo del 1 %. Otra ventaja fiscal de las sicav es que también se produce un diferimiento en el pago de impuestos, al no tener que declarar los beneficios, en el caso de que los hubiera, hasta que no se produzca la venta de las acciones de la sicav.
Una de las medidas aprobadas, y no exentas de polémica, en el proyecto de Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal ha sido el permiso para que la Agencia Tributaria realice inspecciones sorpresa en los domicilios y en las empresas.
El PSOE ha logrado sacar adelante que se graven los pactos sucesorios de algunas CCAA
A merced a una enmienda, esta iniciativa ha quedado algo rebajada, estableciendo a las autoridades judiciales el requerimiento de una solicitud que "deberá estar debidamente justificada y motivar la finalidad, necesidad y proporcionalidad de dicha entrada".
No en vano, la conocida popularmente como la patada de Hacienda en la puerta de los contribuyentes no ha sido el único punto de fricción entre el partido en el Gobierno y el resto de la oposición.
Los pactos sucesorios constituyeron ayer una brecha de calado entre los partidos independentistas catalanes y el Bloque Nacionalista Gallego, además del Grupo Popular, defensores en su caso del mantenimiento de los pactos sucesorios, amparados por las leyes civiles de Galicia, Cataluña y Baleares.
Con el proyecto ley de esta normativa que lucha contra el fraude fiscal, las prebendas de los pactos sucesorios -herencia en vida- desaparecen y se introduce un gravamen del IRPF, al que se añade la cuestión del valor de referencia, valor que impondrá el Estado, y que sustituye el valor catastral, o el valor real, como así se llamaba, con el que los peritos actuaban una vez que los herederos consideraban una sobrevaloración de los bienes.
En sí, la modificación en la futura ley del valor real por un valor de referencia, a instancias de la administración, ya ha sido valorado por organizaciones como Stop Sucesiones, como una especie de cuota estatal encubierta, pues esta medida acabará afectando tanto al los pactos sucesorios de las CCAA que disfrutan de esta ventaja, como al impuesto de Sucesiones o de Patrimonio en cualquier lugar de España.
Cabe recordar que ERC registró en el periodo de enmiendas -enmienda ya rechazada anteriormente en el trámite de los Presupuestos Generales de 2021- una cuota estatal en el impuesto sobre Patrimonio, cuyo rendimiento constituye ingreso del Estado no cedido a las comunidades autónomas.
Entre otras disposiciones del desarrollo de la ley está la limitación de los pagos en efectivo de 1.500 euros a 1.000, en el caso de empresas, y a 2.500 euros en el caso de particulares, si bien reduce de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España. En este sentido, el Grupo Popular advierte al Ejecutivo de que su propuesta de reducir de 2.500 a 1.000 euros el pago en efectivo acarreará importantes problemas en establecimientos comerciales.
La ley contempla la ampliación de los deudores tributarios, que pasan del millón de euros a los 600.000, y se incorporarán a los responsables solidarios de esta deuda. Asimismo, el proyecto considera la prohibición de softwares de doble uso utilizados por las grandes compañías.
Stop Sucesiones denuncia una cuota estatal encubierta en la imposición del valor de referencia
Otra crítica del Grupo Popular ha sido la tardanza con la que se ha tramitado un proyecto que llegó al Congreso en octubre de 2020. El PP señala que la recaudación inicial prevista era de 700 millones de euros en un año, y según la AIReF, la estimación perdida hasta ahora es de 273 millones.
El colectivo de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) considera que esta ley no reducirá la economía sumergida. Critican la limitación de pagos a 1.000 euros, la baja tributación para considerar paraíso fiscal, incluir en la lista de deudores tributarios las deudas desde 600.000 euros, el control sobre los premios de Loterías obtenidos por las empresas, o el endurecimiento del régimen de sicav y socimi para evitar los abusos, entre otras medidas.
Primera. Sicav y Socimis
Se endurece control de las sociedades de inversión de capital variable (sicav) para garantizar que son realmente sociedades colectivas. De esta forma, el régimen favorable fiscal de las sicav estará vinculado no solo a que haya al menos 100 socios como hasta ahora, sino a que cada uno de ellos tenga acciones por valor de al menos 2.500 euros, lo que evitaría que el cupo se complete con los denominados "mariachis" o socios con participaciones irrelevantes. Además, se establece un gravamen especial sobre el beneficio no distribuido de las sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (socimi) del 15 %.
Segunda. Límite de pago
El proyecto de ley abarca disposiciones como limitar los pagos en efectivo de 1.500 euros a 1.000 en el caso de empresas, y a 2.500 en el caso de particulares, si bien reduce de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España.
Tercera. Pactos sucesorios
Una de las grandes novedades que lleva implícito este proyecto de ley es el gravamen de los pactos sucesorios, una modalidad de herencia en vida, prebenda que comparten el derecho civil de los gallegos, catalanes y baleares, y que exoneraba de pago hasta ahora cada que se realizaba una de estos pactos, pensados para ayudar a la constitución de una empresa o la compra de una vivienda. Pues bien, el planteamiento de esta ley pasa porque los sucesores de los contribuyentes que escojan esta opción para legar sus bienes sufrirán un incremento en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Cuarta. Inspecciones Sorpresa
El proyecto ley incluye la autorización de las inspecciones sorpresa de la Agencia Tributaria en domicilios y empresas, eso sí, con la introducción de una enmienda que pide una aclaración del procedimiento para las inspecciones de la Agencia Tributaria (AEAT) en el domicilio de un contribuyente, de forma que cuando sea necesario llevarlas a cabo, la AEAT deberá obtener o el consentimiento del obligado tributario o una autorización judicial. La solicitud de la autorización judicial para la entrada en un domicilio deberá estar justificada e incluir su finalidad, necesidad y proporcionalidad, especificando los impuestos y periodos a los que se refiere la investigación.
Esta aclaración legal se ha incluido en el texto después de que el Tribunal Supremo cuestionara que se pueda dar una autorización judicial a un registro por "una corazonada" basada en que un contribuyente tributa por debajo de la media del sector.
Quinta. Deudor tributario
La ley contempla la ampliación de los deudores tributarios, que pasan del millón de euros a los 600.000 y se incorporarán a los responsables solidarios de esta deuda.
Sexta. Valor de Referencia
El proyecto de Ley de Medidas de Lucha contra el Fraude Fiscal recoge el cambio del Valor Real en el impuesto de Patrimonio, Sucesiones, Donaciones y Actos Jurídicos Documentados, por un Valor de Referencia de Mercado, establecido por el Estado, y por el que no será necesaria la visita pericial en el caso de que el beneficiado considera que el valor está sobredimensionado. Stop Sucesiones asegura que esta ley va buscando espacios para que el contribuyente pague más impuestos.
Séptima. Espíritu de la ley
En el texto del proyecto de la ley Antifraude -a raíz de la transposición de la directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, del 12 de junio de 2016- se recoge la siguiente literalidad: "Se deben concentrar esfuerzos en el control de los contribuyentes con grandes patrimonios, así como en sus entornos societarios y familiares, a fin de favorecer el correcto cumplimiento de sus obligaciones mediante la creación de una unidad central de coordinación de dichas actuaciones de control".