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Actualidad Gestha

10-06-2021

Estos son los casos en los que Hacienda puede recurrir a la visita sorpresa para investigar a los autónomos

LA NUEVA LEY ANTIFRAUDE REGULA ESTAS INTERVENCIONES

La nueva ley antifraude aclara las condiciones que deben cumplir las visitas por sorpresa de la Agencia Tributaria a los contribuyentes. Éstos son los casos en los que la inspección puede irrumpir en el negocio de un autónomo.

 
DANIEL GHAMLOUCHE 00:05 10/06/21

El Congreso dio luz verde, tras meses de bloqueo, a la nueva Ley de prevención del fraude fiscal, que entrará en vigor una vez el Senado haya ratificado la norma. Según los expertos, esto tiene muchos visos de ocurrir, como tarde, antes de julio, cuando terminen las sesiones parlamentarias, por lo que muchas nuevas medidas empezarían a afectar a los autónomos desde este mismo verano. 

Una de las grandes bazas para la Agencia Tributaria que incluye esta ley antifraude es la adaptación de las visitas sorpresa, que han sido puestas en duda durante lo últimos meses por diferentes foros de expertos, a los criterios que estableció en una de sus últimas sentencias el Tribunal Supremo. La nueva norma ahonda en los aspectos que generaron polémica y aclara que estos registros sorpresa a los negocios respetan los derechos constitucionales del contribuyente (como el de inviolabilidad del domicilio), siempre y cuando quede debidamente justificado que es el único medio posible para probar la presunta defraudación tributaria y que, además, el juez lo autorice previamente y conozca en profundidad el fraude que se está investigando. 

Estas visitas ya vienen reguladas en el artículo 113 de la Ley General Tributaria (LGT), bajo el nombre "autorización judicial para la entrada en el domicilio de los obligados tributarios", y dice que, "cuando en los procedimientos de aplicación de los tributos sea necesario entrar en el domicilio constitucionalmente protegido de un obligado tributario o efectuar registros en el mismo, la Administración tributaria deberá obtener el consentimiento de aquél o la oportuna autorización judicial".

Con la adaptación de los registros sorpresa a los criterios del Supremo en la nueva ley antifraude, el Fisco podrá seguir haciendo este tipo de actuaciones siempre y cuando se informe del inicio del procedimiento al contribuyente y que previamente el juez conozca y autorice la visita. En todo caso, la sorpresa en estas visitas seguirá estando ahí, ya que bastaría "con informar al contribuyente del inicio de la inspección en el mismo momento en que se produzca el registro. Estos registros, en realidad, no son necesarios en el 99% de los casos en los que hay una comprobación tributaria a un autónomo, ya que en la inmensa mayoría basta con enviar una carta certificada del inicio de la inspección, en la que se solicita documentación de los impuestos a investigar, y se incluye un modelo de representación para que el asesor envíe la información requerida a la Agencia Tributaria", explicó José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha).  

Las visitas sorpresa se suelen emplear para detectar facturas falsas aunque también en el sector del taxi

Según los técnicos de Hacienda, con esto sería suficiente en la inmensa mayoría de los casos, en los que el fraude de los autónomos aflora tan sólo solicitando determinadas facturas para verificar si se han cumplido las obligaciones fiscales. Si no, "también bastaría con la visita acordada para comprobar in situ si la producción y venta que declara este negocio se ajusta a lo que declara. Cuando se recurre al elemento sorpresivo es porque hay un fraude suficientemente flagrante, en el que además existe riesgo de que se destruyan los indicios que están en la sede del negocio". 

Esto, según explica el secretario general de Gestha, ocurre casi siempre cuando hay tramas organizadas para defraudar, "normalmente en los casos de facturas falsas. Por ejemplo, ha ocurrido con empresas de transporte que daban de alta a falsos autónomos y defraudaban a través de falsas facturas que les hacían. O, negocios que tenían licencias de taxi pero, en realidad, ese taxi no lo dedicaban a la actividad de transporte de personas como deberían, sino que lo tenían para uso de los socios de la empresa y facturaban por servicios que no hacían y luego se deducían. También ha sido frecuente en sectores como el de la construcción".

La clave de este fraude suele residir en la colaboración entre varios negocios.  El origen está en las "tramas o acuerdos con empresas para que otra sociedad les emita una factura, por ejemplo, por un importe superior al que realmente se ha pagado. Esto ocurría antes, con relativa frecuencia, con los autónomos en módulos. Éstos recibían una parte de los impuestos que no tienen que abonar a la Agencia Tributaria porque están en módulos -y abonan siempre el mismo importe-, y la otra empresa podía deducirse los impuestos en sociedades, por ejemplo, de un servicio que no había solicitado o por el que había pagado un valor mucho menor", apuntó José María Mollinedo, secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda. 

Para que se produzcan este tipo de visitas, "suele ser necesario que exista una estructura más o menos organizada, y un fraude que de verdad merezca la pena para llevar a cabo estas actuaciones tan excepcionales de entrada a un domicilio, que no son necesarias para descubrir la inmensa mayoría del fraude de los autónomos que están en los planes de comprobación. Se necesitan en casos muy puntuales para entrar sorpresivamente y acceder a registros contables, escrituras y demás documentos que, de otro modo, no se podrían obtener", comentó Mollineo.

Gascón defiende la medida

En el mismo sentido, el director General de la Agencia Tributaria, Jesús Gascón,  ya defendió la utilidad de este mecanismo hace meses durante la clausura del XXX Congreso de los Inspectores de Hacienda del Estado. Para Gascón, sigue siendo necesario "un cauce intermedio entre la vía penal y la notificación de la inspección”. Ya que, según el presidente de la AEAT, "avisar previamente al negocio de que va a iniciarse una inspección no es efectivo. Existe la posibilidad de destrucción de pruebas”, añadió.

Tal y como aseguró el director general de Hacienda, "sólo un 3% de las entradas por inspección son a personas físicas, el 97% son a negocios". Es por ello, que la AEAT busca la manera de ocultar a los dueños sus inspecciones, para así poder destapar las ilegalidades que estén cometiendo

Desde la AEAT explicaron que "sin avisar previamente al contribuyente nos hemos encontrado todo tipo de intentos por ocultar o eliminar sus datos más comprometidos a nivel legal". Desde cursores en las pantallas de ordenador moviéndose solos por control remoto para borrar archivos, hasta dobles fondos en mesas, pasando por paredes falsas detrás de las cuales estaban los servidores donde se oculta la contabilidad B. "Hemos visto muchas cosas de ese tipo sin avisarles que hubieran sido muy difíciles de descubrir con previo aviso".

Otra posibilidad mucho más frecuente: las visitas acordadas

Ahora bien, entre las cartas y las visitas sorpresa, los inspectores y técnicos de Hacienda siguen teniendo una tercera posibilidad, que no es tan sorpresiva como el registro autorizado por un juez, pero que sigue siendo muy útil para averiguar si lo que el negocio declara corresponde con su producción y nivel de ventas real. 

Se trata de las visitas acordadas, habituales, por ejemplo, en los conocidos 'peinados fiscales': "que son actuaciones de comprobación acordadas para ver la facturación de un comercio, un cine, un espectáculo o un club deportivo, cuando declara menos que la media de su sector . Es verdad que acudiendo a los domicilios se puede encontrar más información, pero con la pandemia han disminuido", dijo José María Mollinedo, secretario general de Gestha

Esta opción era más recurrente antes de la pandemia y "muy útil para detectar determinados fraudes ya que cuando acudes a la sede de la actividad, aunque sea de forma acordada, es interesante para conocer el verdadero volumen de producción y facturación y entidad del negocio, y ver si es real lo que declara. Si una empresa, por ejemplo, necesita un determinado disolvente para fabricar su producto, ya se puede saber cuántas unidades del producto fabrica realmente y cuánto debería haber declarado de ventas, porque sólo hace falta ver las unidades de disolvente que ha comprado y utilizado. Esto se puede hacer con cualquier empresa sujeta a comprobación", dijo el secretario general de los técnicos de Hacienda

¿Qué se suele revisar en las comprobaciones?

Aunque en las visitas y comprobaciones se puede revisar cualquier tipo de documento, habitualmente, hay cinco aspectos por los que los inspectores suelen mostrar mayor interés.  

  • Libros de IVA 

Los inspectores comprobarán los libros de IVA, especialmente de aquellos autónomos que hayan solicitado la devolución de este impuesto.  

  • Coherencia entre compras y volumen de ventas 

Una de las cuestiones a las que más presta atención la Agencia tributaria es a la coherencia entre el volumen de ventas y todas las compras que se hayan realizado durante el mismo ejercicio. 

  • Modelo 347 

Hacienda suele comprobar las diferencias observables en el Modelo 347, en el que se deben incluir todas las operaciones superiores a 3005 euros anuales. 

  • Gastos deducidos 

Los gastos deducidos son la piedra angular de cualquier inspección de Hacienda. El autónomo deberá tener mucho cuidado con cualquier deducción que haga. Por más que sea deducible, es recomendable tener todas las justificantes necesarios para ahorrarse problemas con el Fisco. Además, la empresa Billin recordó que hay que tener especial cuidado con los gastos que suelen generar dudas y son la mayoría. Las deducciones del vehículo son las que más llaman la atención de los inspectores y hay muchas que los autónomos piensan que pueden hacer y luego no son aceptadas por Hacienda.

  • CIF intracomunitario 

La solicitud del CIF intracomunitario suele ser motivo de visita al domicilio fiscal. Más aún cuando no cuadra la información suministrada desde Europa con la declaración realizada en España por el contribuyente. 

Estas pistas pueden ser útiles para cualquier autónomo. Sin embargo solo son eso, pistas.

https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/actualidad/son-casos-que-hacienda-puede-recurrir-visita-sorpresa-investigar-autonomos/20210607111911024597.html

 

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