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SÁBADO 24 DE JULIO DE 2021
3 MINUTOS
La campaña de la renta de 2020 ha estado activa desde el 7 de abril al 30 de junio de 2021, un periodo en el que todos los contribuyentes hemos tenido que ponernos al día con neustros impuestos y comprobar si durante todo el año estábamos al día o no. Y es que después de realizar la declaración, hay que fijarse en el resultado, que puede ser positivo (+) o negativo (-). Lo más deseado por todos los contribuyentes es que sea negativo, por lo que Hacienda tendrá que ingresarnos la cantidad que se nos muestre en la pantalla o que nos indique el personal de la Administración.
Una vez presentada, en el caso de que el resultado sea negativo, Hacienda tiene seis meses para devolvernos ese dinero, contando desde el día que termina el plazo para presentar la declaración. Si la declaración se presenta fuera de plazo, por ejemplo, si se presentara el 22 de julio, la Agencia Tributaria tendrá de margen para pagar hasta el 22 de enero de 2022.
Por norma general estas devoluciones se realizan a los pocos días, pero dependiendo del ingreso se puede demorar. Por ejemplo, si la cantidad es superior a 3.000 euros la devolución se alargará en el tiempo.
En cualquier caso, el dinero suele llegar siempre antes de se cumpla la fecha límite. Si esto no ocurre, la administración está obligada a incluir unos intereses de demora, una compensación al contribuyente de un 3,75%. Pero este recargo solo se aplica si el retraso es imputable a la Agencia Tributaria, no si se debe a que la declaración no se haya cumplimentado correctamente, no contenga la documentación exigida o carezca de los datos correctos para el pago. Si la entidad solicita más información o considera que la declaración no se cumplimentado correctamente, el plazo de seis meses no computa.
Tanto en la propia web de la Agencia Tributaria como en su aplicación en el apartado "Renta 2020" > "Estado de tramitación" podemos comprobar cómo está esta tramitación. Encontraremos varios mensajes:
https://www.65ymas.com/economia/por-que-hacienda-no-devuelto-dinero-renta_30093_102.html