Sentencia del TSJA de 20-11-2003 (subinspectores)
14-12-2003
Estimados compañeros:
Se ha dictado una importante sentencia en relación con la productividad en el área de inspección, en Córdoba. En esencia, al margen de que la sentencia se adjunta en archivo, esta dice que:
Se estimó la petición de la reclamante porque no constaba que los jefes de unidad hubieran notificado la distribución de puntos dentro de las unidades de Inspección (fundamento 4º de la sentencia:
"I.- Estimar la pretension de la demandante a que se le reconozca el derecho a la percepción del complemento de productividad durante el período 1.995 a 2.000 en cuantía idéntica al importe máximo percibido por Subinspector-Actuario, con abono de las diferencias, incrementadas en los intereses legales."
En definitiva, se ha reclamado la mayor mayor cantidad cobrada por el subinspector que más cobra (el subjefe de unidad que más cobró) en los cinco últimos años (no prescritos). En el caso concreto juzgado, en el que ya no cabe apelación, supone para la compañera una diferencia a su favor pendiente de cobrar, entre la productividad y los intereses, de alrededor de unos 6.000.000 pesetas. Este planteamiento vale, según nuestro abogado, para todo el mundo: provincial, URI, ONI, Oficina Técnica, ECI, etc.
Puede verse con claridad que estamos ente un caso similar al de las sentencias de niveles. Es decir, ante otro "capón" de los jueces por la discriminación tan absurda que genera la Agencia.
La prescripción se va produciendo mes a mes a medida que se va teniendo conocimiento de la nómina. Es decir, ahora se produce la diciembre de 1998.
Rogamos a todos nuestros representantes provinciales la máxima difusión, a ser posible de manera personal, de la documentación anexa entre los subinspectores.
Estamos estudiando la mejor manera de iniciar esta vía en las otras especialidades.
sentencia judicial
modelo solicitud para SE, CA, CO y HU
modelo solicitud resto provincias
Un fuerte abrazo, GESTHA.